Grupo
Municipal
Ayuntamiento de Ávila
AL PLENO DEL 28 DE JULIO DE 2016
Doña Alba Moreno Tejedor como Portavoz del Grupo
Municipal Trato Ciudadano en el Ayuntamiento de Ávila según lo dispuesto en el
art. 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades locales, presenta ante este Pleno Corporativo, para su inclusión
en el orden del día, la siguiente PROPOSICIÓN a fin de que sea debatida y
sometida a votación por el Pleno.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El impulso de la participación ciudadana en el
ámbito local se está desarrollando en el contexto de un nuevo marco
jurídico-político. El fomento de la participación activa de la ciudadanía en
los asuntos públicos se ha convertido en una obligación que deben cumplir los
gobiernos locales en virtud de nuestro ordenamiento jurídico. Entre otros,
señalemos la Recomendación 19 aprobada
por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 6 de diciembre de 2001,
sobre la participación de los ciudadanos en la vida pública en el nivel local.
En ella, la Unión Europea destaca el ámbito local como nivel territorial donde
el derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones políticas puede llevarse
a cabo de un modo más efectivo y, por tanto, asume la necesidad de crear cauces
que impliquen directamente a los vecinos en la gestión de los grandes temas
locales.
Esta Recomendación se sustenta
en tres pilares básicos:
Definir (…) una política de promoción de la participación de los ciudadanos en la
vida pública en el nivel local (…).
Adoptar (…) las medidas de su competencia, en especial cara a la mejora del marco
legal de la participación y para garantizar que la legislación y la
reglamentación nacionales permitan a las autoridades locales y regionales
utilizar un amplio abanico de mecanismos de participación (…).
Invitar, de forma apropiada, a las autoridades locales y regionales:
a. A suscribir los principios
enumerados en el Anexo I de la presente Recomendación y a comprometerse en
favor de la aplicación efectiva de la política de promoción de la participación
de los ciudadanos en la vida pública en el nivel local; y
b. A mejorar la reglamentación
local y los mecanismos prácticos referentes a la participación de los
ciudadanos en la vida pública en el nivel local, y a adoptar todas las demás
medidas de su competencia a fin de promover la participación de los ciudadanos
(…).
Igualmente, en nuestro
ordenamiento jurídico más próximo encontramos también referencias directas a
este compromiso con la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos.
Así, el artículo 9.2 de la Constitución Española establece que “Corresponde a los poderes públicos (.)
facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,
económica, cultural y social” y el artículo 23 dice: “Los ciudadanos tienen el derecho a
participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes,
libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”. De
igual manera, la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, hace una defensa sin reservas del Municipio como cauce privilegiado de
participación ciudadana (art. 1): “Los
Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y
cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las
correspondientes colectividades”, además de desarrollar un numeroso
articulado al respecto (art. 18, Estatuto Jurídico de los vecinos; arts. 60-72,
Reconocimiento legal de la participación ciudadana; etc).
Desde Trato Ciudadano creemos
firmemente en la participación ciudadana como la forma más adecuada de gestión
pública a todos los niveles, conformándose en una auténtica democracia
participativa, la cual supone la corresponsabilidad de los procesos de toma de
decisiones finales que se adoptan y que propicia una relación de colaboración
permanente entre representantes y representados, con el consiguiente flujo de
inquietudes, iniciativas y propuestas sociales que puedan facilitar nuevas soluciones.
Consideramos que el grado de profundidad alcanzado por un sistema democrático
se mide por el grado de participación y control ejercido por la población en la
gestión de gobierno y que, por tanto, la participación democrática de la gente
es la fuerza fundamental de toda obra de transformación social. Desde esta
perspectiva, creemos que ha llegado el momento de que el Ayuntamiento de Ávila
acometa un profundo debate sobre el actual Reglamento de Participación
Ciudadana, encaminado a su revisión y actualización, adecuándolo a la situación
política y social actual.
Los Reglamentos locales de
participación ciudadana aprobados en los últimos años amplían las cuestiones
abordadas en sus textos. Junto a temas ya consolidados en regulación anteriores
(sometidos ahora a un régimen renovado), se incorporan otros elementos que son
resultado de la experiencia y consolidación de una política de innovación
democrática: Concejalías de participación; planificación y programación;
actuaciones formativas; ordenación de cauces innovadores de participación
(procesos participativos, audiencias públicas, iniciativas legislativas
populares, talleres de debate, encuestas de opinión o presupuestos
participativos); o uso de las nuevas tecnologías.
Detrás de este contenido normativo
se encuentra una nueva visión de la participación, convertida en objetivo de la
política local, a cuyo fin se le otorga un carácter transversal que permite
integrar la participación ciudadana en las diferentes áreas locales, asumiendo
una visión “colaboradora” de la participación ciudadana y superando el axioma participación-reivindicación por el
nuevo participación-colaboración.
Por lo expuesto, el Grupo Municipal Trato Ciudadano
presenta al Pleno esta PROPOSICIÓN para que se considere y se someta a votación
para el siguiente
ACUERDO.
1. Iniciar, dentro del seno de la Comisión Informativa de
Presidencia, Interior y Administración Local, la revisión del actual Reglamento
de Participación Ciudadana con el objetivo de su actualización o, en su caso,
la redacción de uno nuevo que contemple, entre otros, aspectos como la
participación directa en los Plenos y/o en las Comisiones Informativas, las
Iniciativas Ciudadanas Municipales, la elaboración tanto de una Carta de
Servicios como de Derechos Ciudadanos, etc. Todo ello mediante los más amplios
mecanismos de información, audiencia y participación de toda la ciudadanía, bien
sea de manera individual como colectiva.
2. En caso de que la propia Comisión de Presidencia lo
considere oportuno, trasladar este debate y revisión a una Comisión
Extraordinaria convocada a tal efecto.
En Ávila, 22 de julio de 2016
Alba Moreno Tejedor
Portavoz del Grupo Municipal de Trato
Ciudadano
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